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CURSO DE ESPECIALISTA EN DELITOS CONTRA LOS ANIMALES Y PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS

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Acerca de este curso

35 horas

Presentación del Curso

La última modificación de la norma penal española con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, aprovecha para reforzar la protección de los animales mediante una definición de los que son objeto del delito que incrementa la seguridad en la aplicación de la norma, y una revisión de las conductas punibles, incluyendo la explotación sexual de animales, y de las sanciones aplicables a las mismas. Como novedad importante, además de las correspondientes penas de prisión o multa en función de la gravedad, se prevé la posibilidad de imponer las penas de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

Esta novedad es de gran magnitud si nos atenemos a que en el 49,3% de los hogares españoles (un total de 16,1 millones) hay un animal doméstico, cifra que ha crecido considerablemente en la última década. Según datos del año 2013, existen  casi cinco millones y medio de perros censados como mascotas; más de cinco millones de pájaros, más de tres millones de gatos, más de dos millones de otros tipos de animales (tortugas, serpientes, hurones, etc…).

La actividad policial tiene necesariamente que estar adecuada a la protección de los animales, dándose a diario multitud de intervenciones que requieren del agente una alta cualificación y especialización en la materia.

Conviene aquí al agente reconocer rápidamente la actuación policial que debe de guiar su intervención en función de las circunstancias del animal de que se trate, así como en función del tipo de maltrato sobre ellos cometido.

Es fundamental la formación en este sentido ya que se debe tratar con situaciones que oscilan entre los preceptos administrativos y penales, distinguiendo que tipo de actuación hay que seguir en el caso concreto, así como los requisitos legales y particularidades para llevarla a cabo.

Tratamos por un lado a los animales de compañía o mascotas como objetos materiales de hechos delictivos, debiendo saber las exigencias legales a este respecto.

También se trata en el curso todo lo referente a la materia de los perros potencialmente peligrosos (según datos de la Junta de Andalucía, solamente en dicha región hay legalmente registrados más de cuarenta mil de canes catalogados dentro de alguna de las razas establecidas como potencialmente peligrosas). Estos animales, en cuanto a que son animales naturalmente fieros según la legislación vigente, debe estudiarse desde un punto de vista social, debido a su gran presencia en la sociedad actual, y se han de conocer las posibles causas y perfiles de su agresividad, y ha de regirse desde el punto de vista jurídico, desde el derecho civil, del derecho administrativo y del derecho penal.

Y por supuesto, se ofrecen pautas y consejos de actuación ante la intervención policial ante cualquier tipo de animal, referidos especialmente a perros potencialmente peligrosos, así como unos consejos básicos de primeros auxilios en caso de ataque y mordedura de estos animales.

¿A quién va dirigido?

Este curso va dirigido a todos los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de cualquier ámbito territorial, especialmente dentro de la especialidad de Seguridad Ciudadana debido a su gran incidencia en las intervenciones de los agentes de la autoridad destinados en este tipo de unidades.

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Contenido del curso

TUTORIAS

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ETIOLOGÍA DEL MALTRATO Y ABANDONO DE ANIMALES. PERSPECTIVA LEGISLATIVA.
El maltrato animal es una lacra que persiste en España, con cifras más que preocupantes. Se estima que cada año son maltratados en España unos 60.000 animales en fiestas populares y que unos 200.000 perros y gatos son abandonados cada año por sus dueños, situando a nuestro país a la cabeza de la Unión Europea.La Fiscalía General del Estado, en su Memoria del año 2.015, confirma que han aumentado el número de diligencias de investigación incoadas por ésta clase de hechos delictivos. En los últimos tiempos se ha puesto de manifiesto un importante aumento de la sensibilización social hacia el maltrato a los animalesYa en 2013, el Informe de la Fiscalía de ese año (Fiscal de sala coordinador de Medio Ambiente) alertaba sobre el incremento de denuncias de malos tratos infligidos a animales domésticos:«Otro de los temas de interés a la vista del mayor número de denuncias que se registran en la Unidad Coordinadora sobre el mismo, es el del maltrato animal. Se observa con carácter general un aumento en la sensibilización social ante esta lacra, lo que se ha visto favorecido por la entrada en vigor de la última modificación del artículo 337 de CP por LO 5/10, que ha facilitado el aumento de las sentencias condenatorias».Además, la citada Fiscalía ha detectado casos de este tipo de delitos en el contexto de procedimientos por violencia doméstica como forma de causar un mayor perjuicio a la víctima.Y los informes de los años 2014 y 2015 del Ministerio Fiscal han constatado el continuo aumento de denuncias por este tipo de maltrato.Las reformas legislativas han reflejado este estado de opinión y así, como ejemplo, tras la entrada en vigor de la reforma del Código Penal de 2015, abandonar a un animal doméstico en condiciones de peligro para su vida o integridad, es ya considerado delito. El Consejo de Ministros aprobó en febrero el Anteproyecto de Ley Orgánica de modificación de la ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del código penal, en materia de maltrato animal.

DELITO DE MALTRATO A LOS ANIMALES
La última reforma del Código Penal en 2015 modificó sustancialmente el delito de maltrato animal, añadiendo numerosos elementos que iremos analizando a lo largo de este trabajo, y sobre los cuales existen diferentes opiniones doctrinales, la mayoría de ellas muy contradictorias entre sí.Por ello, este curso trata de ofrecer una interpretación coherente y completa del delito teniendo en cuenta estas posiciones doctrinales, pero tomando partido y aportando soluciones a las diferentes cuestiones planteadas usando ejemplos reales.Uno de los problemas más importantes que se originan por este motivo y que más dividida mantiene a la doctrina, es la conducta típica contemplada en el tipo básico, la cual puede ser una única conducta con dos vertientes o dos conductas independientes una de otra, al cual daremos solución en su correspondiente epígrafe.Otra de las cuestiones importantes planteadas, que esta vez no deriva de la redacción del artículo, es la de cuáles son las causas de justificación que permiten realizar una conducta, que en principio es típica, pero queda amparada bajo una de estas causas.Estos y muchos otros asuntos se resolverán a lo largo del curso, a la vez que se da respuesta a temas recurrentes que son cuestionados por agentes de la autoridad en su labor cotidiana.Debido a lo expuesto y a la mayor sensibilización en la sociedad en la que vivimos sobre los derechos de los animales y a la importancia que éstos han logrado en los últimos años, este podría llegar a ser un curso interesante no solo para los agentes de la autoridad, sino para aquellas personas que tengan interés en el Derecho penal, y también para aquellas que quieran aprender cómo está regulado penalmente el maltrato animal en nuestro país.

DELITO DE ABANDONO DE ANIMALES
La reforma penal del año 2015 ha decidido mantener la relevancia penal de la antigua falta de abandono de animales, y ha introducido su castigo como delito.El actual artículo 337 bis del Código Penal recoge como delito leve o tipo atenuado del maltrato de animales el abandono de animales domésticos. Anteriormente esta conducta era considerada como falta.Castiga al que abandone a un animal doméstico, de los protegidos en tipo básico de maltrato, en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad.La conducta de abandono de un animal doméstico o asimilado en los términos del art. 337 en condiciones que pueda peligrar su vida o su salud.

DELITO CONTRA LA FAUNA SILVESTRE Y SALVAJE
Aunque no es objeto de este curso abordar los delitos contra la fauna silvestre y salvaje, como muchos de los potenciales alumnos del curso podrían encontrarse ante delitos cometidos contra esta categoría de animales, se va a hacer una exposición general de las conductas delictivas previstas en el Código Penal.

INFRACCIONES LEY DE PROTECCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA
En materia de infracciones la Ley Orgánica 4/2015 sanciona conductas que, sin ser constitutivas de delito, atentan gravemente contra la seguridad ciudadana.Por otro lado, muchas de las nuevas infracciones incorporan conductas que hasta la entrada en vigor de la LO 4/2015 y la reforma del CP introducida por la LO 1/2015 constituían faltas penales.

CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LA NORMA PENAL O ADMINISTRATIVA
Todas las Comunidades Autónomas han aprobado una Ley propia de protección animal. Se trata de normas que suelen establecer, entre otras cosas, prohibiciones de conductas que suponen maltrato, abandono o tenencia de animales sin reunir las condiciones higiénico-sanitarias que sean necesarias para garantizar su vida y salud, así como obligaciones censales, para que la Administración pueda controlar el número de animales domésticos existentes y la identificación de sus dueños. Pero, además de prohibir el abandono de animales domésticos, todas esas Leyes, y esto es lo que importa a nuestros efectos, lo tipifican como una infracción administrativa.

ACTUACIÓN POLICIAL EN CASOS DE MALTRATO O ABANDONO DE ANIMALES
En este tema se exponen unas pautas de actuación policial, que pueden guiar la actuación de los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad en los sucesos en los que existan presuntos delitos contra los animales.

APUNTES JURISPRUDENCIALES SOBRE CASOS DE MALTRATO Y ABANDONO ANIMAL
Se expone jurisprudencia y sentencias judiciales relacionados con lo expuesto en los temas anteriores con la finalidad de realizar ejercicios descriptivos de la actuación policial y su interpretación judicial, así como establecer pautas de actuación en función de la interpretación de las normas por los órganos de justicia.

DILIGENCIAS POLICIALES CON EL ANIMAL MALTRATADO Y/O ABANDONADO
En este tema se aborda la parte de la actuación policial orientada a la actuación sobre el animal maltratado o abandonado.

PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS
Los perros potencialmente peligrosos es la denominación que algunas legislaciones utilizan para nombrar a determinadas razas de perros que son consideradas de manejo especial por sus atributos físicos. Estos perros, dadas sus condiciones físicas —tamaño, fortaleza, tenacidad—, tienen el potencial de realizar ataques causando graves daños, lo que ha obligado al establecimiento de leyes que regulen su control.

RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS ANIMALES
La reforma afecta, en primer lugar, al Código Civil, con vistas a sentar el importante principio de que la naturaleza de los animales es distinta de la naturaleza de las cosas o bienes, principio que ha de presidir la interpretación de todo el ordenamiento.De esta forma, junto a la afirmación del actual artículo 333, según el cual «todas las cosas que son o pueden ser objeto de apropiación se consideran como bienes muebles o inmuebles», se concreta que los animales son seres vivos dotados de sensibilidad, lo que no excluye que en determinados aspectos se aplique supletoriamente el régimen jurídico de los bienes o cosas.De este modo, los animales están sometidos solo parcialmente al régimen jurídico de los bienes o cosas, en la medida en que no existan normas destinadas especialmente a regular las relaciones jurídicas en las que puedan estar implicados animales, y siempre que dicho régimen jurídico de los bienes sea compatible con su naturaleza de ser vivo dotado de sensibilidad y con el conjunto de disposiciones destinadas a su protección. Lo deseable de lege ferenda es que ese régimen protector vaya extendiéndose progresivamente a los distintos ámbitos en que intervienen los animales, y se vaya restringiendo con ello la aplicación supletoria del régimen jurídico de las cosas. Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales.

Valoraciones y reseñas de estudiantes

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E
hace 7 meses
Curso muy instructivo y útil para el desarrollo diario del trabajo.
D
hace 9 meses
Ha sido un buen curso, lo recomendare