Acerca de este curso
45 horas
Durante el presente curso trataremos las conductas más comunes que pueden incardinarse dentro de los delitos de odio y discriminación, así como la manera más correcta de tratarlos policialmente.
Así el artículo 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos señala que:
“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados de razón y conciencia, tienen el deber de comportarse fraternalmente los unos con los otros”.
Bajo esta premisa, la Constitución Española consagra en su artículo 1 como uno de los valores superiores del ordenamiento jurídico, y en el artículo 14 como un derecho fundamental, la igualdad. A continuación, en su artículo 9, establece que:
“Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el cumplimiento de su mandato constitucional de protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, tienen como guía permanente dichos valores fundamentales, máxime, si tenemos en cuenta que las conductas que atentan contra la igualdad, como los delitos de odio y la discriminación, ponen en serio peligro la normal convivencia.
La situación de España, como puente entre culturas y su vocación de apertura al mundo, ha contribuido a que hoy, la nuestra, sea una sociedad abierta y orgullosa de su diversidad. Ahora bien, no cabe duda de que un aspecto destacado que puede ayudar a que esta situación se siga manteniendo es el principio de “tolerancia cero” ante cualquier conducta que pueda atentar contra los derechos humanos.
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